Dirección Nacional de Políticas de Gestión

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Artículo 183. (ATRIBUCIONES). El Consejo de la Magistratura ejercerá las siguientes atribuciones constitucionales:

En materia de políticas de gestión:

1.Formular políticas de gestión judicial;

2.Formular políticas de su gestión administrativa;

3.Realizar estudios técnicos y estadísticos relacionados a las actividades del Órgano Judicial;

4.Coordinar acciones conducentes al mejoramiento de la administración de justicia función judicial en las jurisdicciones ordinaria, agroambiental y especializada con el Poder Público y sus diversos órganos;

5.Crear, trasladar y suprimir los Juzgados Públicos, de Instrucción y Tribunales de Sentencia en cada uno de los Departamentos o Distritos Judiciales, de acuerdo a las necesidades del servicio;

6.Mantener relaciones de cooperación e información con órganos similares de otros países;

7.Desarrollar políticas de información sobre la actividad de la administración de justicia;

8.Desarrollar e implementar políticas de participación ciudadana y de control social con la incorporación de ciudadanas y ciudadanos de la sociedad civil organizada;

9.Establecer políticas para publicar y uniformar la jurisprudencia producto de los fallos judiciales;

10.Establecer políticas para la impresión y publicación de la producción intelectual de los integrantes del Órgano Judicial;

11.Establecer el régimen de remuneraciones al interior del Órgano Judicial;

12.Disponer de un sistema de información actualizada y accesible al público, acerca de las actividades tanto del Consejo como de los tribunales, a los fines de elaborar las estadísticas de su funcionamiento y contribuir a la evaluación de su rendimiento;

13.Aprobar el informe de actividades del Consejo de la Magistratura que será presentado por la Presidenta o Presidente del Consejo, a la Asamblea Legislativa Plurinacional, a la Presidenta o Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y a la sociedad civil organizada;

14.Publicar las memorias e informes propios, así como las memorias, informes y jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Tribunales o Jurisdicciones Especializadas;

15.Suscribir convenios interinstitucionales en materias de su competencia que tengan relación con la administración de justicia, con instituciones públicas y privadas, nacionales e internacionales; y

16.Ejercer toda otra atribución orientada al cumplimiento de las políticas de desarrollo y planificación institucional y del Órgano Judicial.