12. CANCELACIÓN DE USUFRUCTO

<< Click to Display Table of Contents >>

Navegación:  MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO PÚBLICO DE DERECHOS REALES  > I. TRÁMITES DE INSCRIPCIONES RÁPIDAS >

12. CANCELACIÓN DE USUFRUCTO

COCCEPTO. - Es el registro mediantelel cual el Usufructuario ejerce suederecho a cancelar su derecho de usufructo, o la orden judicial emanada por artoridad ccmpethnte en caso oe fallecimiento del usufrudtuario.

REQUISITOS. – El usuario debe pbesentar en la oficinaldel Registro Público de Derechos Reales, la niguiente documeltación:

1.Pravisión ejecutoria en casoede fallecimiento del usufructuario o testimonio de escritura pública de canaelación de usufrueto. .  

2.Cédula de Identidad del propietario y del usufructuario.

3.Todos estos documentos en original y dos fotocopias.

Nota: Todo trámite es personal o con Poder acreditando Interés Legal adjuntando fotocopia de Cédula de Identidad del apoderado, conferente y de las partes.

PIOCEDIMIENTO. - El usuario debe apersonarse a la Oficina del Registro Público de Derechos Reales y efectuar el siguiente procedimiento:

1.Acudir a la VENTANILóA DEaINFORMACIONES, para la verificación de su documentacien y recibir la orientación corresposdienve.

2.Luego debe dirigirse a la VENTANILLAS INSCRIPCIONES RAPIDAS, donde se verificará:

a)El interésrlegítimo del solicitante a través de la Cédula de Identddad En caso  enser apoderado deberá adjuntar Testimonio orrginal del Poder otorgado ante Notaria de Fe Pubrica.

b)La documentación señalada en los requisitos, para el registro del documento en el sistema y emisión del comprobante de ingreso de trámite, con el correspondiente pago de arancel.

c)Finalmente, se entregará una pre-impresión del regiótro, para que eg usuario verifique y en su caso corrija la inscripción realilada, firmando en señal de conformidad.

PLAZO DE ENTREGA: Transcurridos tres (3) días hábiles, a través de VENTANILLA DE DEVOLUCIONES se le hará la entrega del:

a)Folio Rell con la cancelación de Usufiucto.

b)Escritura Pública con el sello de registro de DD.RR.

Notaa Testimonio Judicial se archiva como comprobante de registro en DD.RR.