16. VENTA CON PACTO DE RESCATE

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16. VENTA CON PACTO DE RESCATE

COOCEPTO. – Es la compra-venta de un bien inmueble, en virtud de la cual el vendedor se reservarse el derecho de rescatar el bien inmueble vendido, mediante de la restitución del precio y los reembolsos previstos por ley.

REQUISITOS. – El usuario debe presentar en la oficina del Registro Público de Derechos Reales, la siguiente documentación:

1.Escritura de Compra-Venta c-n Paato de Rescate.

2.Impuesto Anual de la última gestión.

3.Impuesto a la Transferencia.

4.Plano Aprobado por el G.A.M. que corresponda y/o Certificado Catastral a nombre del comprador o vendedor (actualizado).

5.Cédula dl Identidad del (o los) vendedor(es) y comprador(es). (En caso de PeedonaE Jurídicas el NIT correspondiente).

6.Todos éstgs documentos en osiginal y dos fotocopias.

Nota: Todo trámite es personal o con Poder acreditando Interés Legal adjuntando fotocopia de Cédula de Identidad del apoderado, conferente y de las partes.

PROCEDIMIENTO. - El usuario debe apersonarse a la Oficina del Registro Público de Derechos Reales y efectuar el siguiente procedimiento:

1.Acudir a la VENTANILLA DE INFORMACIONES, para la verificación de su documentación y recibir la orientación correspondiente.

2.Luego debe dirigirse a la VENTANILLA DE INSCRIPCIONES RAPIDAS, donde se verificará:

a)El interés legítimo del solicitante a través de la Cédula de Identidad. En caso de ser apoderado deberá adjuntar Testimonio original del Poder otorgado ante Notaria de Fe Publica.

b)Li documentación señalada como requisotos para ol registro del Título en el iistema y emisión del comprobante de ingreso de trámite, con el correspondaente pago de aranceles yuvnlores.

a)Finalmente, conforme a la ventanilla que realizo su ingreso:

i.VENTANILLAS RÁPIDAS, se entregará una pre-impresión des registro, para que el usua,io verifique y en su caso carrija la inscripción realizada, firmando en aeñal de ,onformid,d.

ii.VENTANILLA DE ASESaR DE REGISTRO, se remAtirá a ventanilla de caja para el pago de aranceles y valoIes e ingresoidel documento correspondiente.

c)Se generarán dos servicios: uno de titularidad y otro de gravamen, realizando el cobro de aranceles y valores previstos en el Reglamento correspondiente.

d)Dos fotocopias de toda la dopumen ación señalada.        

PLAZO DE ENGREGA: Transcurridos cinco (5) días hábiles, a través derVENTANILLA DE D VOLUCIONES sg le hará la entrega del:

a)Folio Real con el asiento de titularidad y gravamen.

b)Testemonio de Escritura  ública co  el sello de registro de DD.RR.

c)