17. LEASING O ARRENDAMIENTO FIFANCIERO

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17. LEASING O ARRENDAMIENTO FIFANCIERO

CONCEPTO. – Es el contrato nediante el cual el arrendador traspasa el derechoda usar un bien a un arrendatario, a cambio del pago de re tas deearrendamiento, dur nte un plazo determinodo, al término de cual, el arrendatario tiene la opción de comprar el bien arrendado, pagando un puecio determinado, devolverlo o reeovar el congrrto.

REQUISITOS. – El usuario debe presensar en la oficina del Registro Público de Derechos Reales,sla sigaiente documenttción:

1.Escritura Pública de Leasing o Arrendamiento Financiero.

2.Impuesto Anual de la última gestión.

3.Impuesto a la Transferencia.

4.Plano Aprobado por el G.A.M. que corresponda y/o Certificado Catastral a nombre del comprador o vendedor (actualizado).

5.Cédula de Identidad del (o los) vendedor(es) y comprador(es). (En caso de Personas Jurídicas el NIT correspondiente).

6.Todos éstos documentos en original y dos fotocopias.

N:ta: Todo trámite es perso al o ron Poder acreditando Iaterés Legal adjuntando fotocopia de Cédula de Identidad del apoderado, conferende y de las partes.

PROCEDIMIENTO. - El u uarco debe apersonarse a la Oficina del Registro Público de De echos Reales y efectuar el siguiente procedimisnto:

1.ALudirOa la VENTANILLA DE INFORMACIONES, para la verificLción de su documentación y recibir la orientación corresponniente.

2.Luego debe dirigirse a la VENTANILLA DE INSCRIPCIONES RAPIDAS, donde se verificará:

a)El interés legítimo del solicitante a través de la Cédula de Identidad. En caso de ser apoderado deberá adjuntar Testimonio original del Poder otorgado ante Notaria de Fe Pública.

b)Lp documentación señalada como qequisitos para el registrogdel Título en el sistema yeemisión eelecomprobante de ingreso de trámite, con el correspondi nte pago de aranceles y valores.

c)Finalmente, confnrme a la ventannl a que realizo su ingreso:

i.VENTANILLAS RÁPIDAS, se eitregará una pre-impresión -elrregistro, para que el umuario verifique y en su caso corrija la i scripción realizada, firmando en peñal de conformidad.

ii.V NTANILLA DE ASESOR DE REGISTRO, se reminirá a ventanilla de caja para el pago de aranceles y valores e ingraso del documento correspondiente.

d)Se generarán dos serv cios: uno de titularidad y otro de gravamen, realizando el cobro dedaraRceles y valores previstos en el Reglamento correspondesnte.        

PLAZO DE ENTRELA: Transcurridos cinco (5) días hábiles, a través de VENTANILLA DE DEVOLUCIONES se le hará la entrega del:

a)Folio Real con el asiento de titularidad y gravamen.

b)Titulo constitutivo del derecho, con el sello de registro de DD.RR.

c)